Registro de su embarcación.
PORQUE
TENGO QUE MATRICULAR MI EMBARCACION?
Independientemente que es una obligación tipificada
en los ordenamientos legales y que por tener Matrícula
y Certificado Nacional de Seguridad Marítima vigente
puedo no hacerme acreedor a multas y la detención
de la embarcación, cabe señalar lo siguiente:
Una embarcación (lancha, velero, jet, ski, canoa, etc.)
es en si un vehículo (mismo que representa una riqueza
de mar) que debe tener una identificación, la cual
puede apoyarnos en el caso de un accidente para identificar
a la embarcación que lo ocasionó, más
aún en caso de que robasen nuestra embarcación
independientemente de formular las actas correspondientes
ante las autoridades judiciales correspondientes se deberá
notificar personalmente ante la Capitanía de Puerto,
misma que boletinará a nivel nacional a través
de un sistema nacional de capitanías y donde navegue
la embarcación en cuestión esta podrá
ser detectada ya sea por la matrícula y/o por carecer
de ella aumentando con ello las probabilidades de recuperar
ese bien.
CUANDO TE HACES ACREEDOR A UNA SANCION
(MULTA) POR PARTE DE LA CAPITANIA DE PUERTO CUAL PUEDE SER
EL MONTO CORRESPONDIENTE?
Mencionaremos las más significativas que pueden ser:
carecer de matrícula y/o no tener a bordo de la embarcación
su Certificado Nacional de Seguridad Marítima, carecer
de Seguro de Responsabilidad Civil por lo menos, no dar auxilio
a otra embarcación que lo requiera (salvo que sea demostrado
fehacientemente que el prestar auxilio pone en riesgo la embarcación
y tripulantes), no cumplir con las normas básicas de
rumbo y gobierno poniendo en peligro la navegación
y vidas ajenas, etc. Estas sanciones previa comparecencia
del infractor ante esta autoridad son calificadas con multas
que llevan un rango de 50 a 50,000 días de salario
mínimo general vigente en el Distrito Federal y zona
metropolitana, integrándose esta cantidad a la Tesorería
del Estado con fundamento en los convenios correspondientes
independientemente de las faltas que sean
sancionadas por las autoridades correspondientes y las que
ameriten penas corporales.
CUALES SON LOS REQUISITOS PARA MATRICULAR
UNA EMBARCACION?
*
Documento que acredite la propiedad de la embarcación
y su estancia en el país (que puede ser factura, pedimento
de importación, testimonio de propiedad ante Notario
Público o factura de los materiales en el caso de que
el usuario la haya construido).
*
Dos fotografías de frente (90°) de la embarcación
de preferencia en el
agua)
* Dos fotografías
de perfil (45°) de la embarcación de preferencia
en el
agua.
* Dos fotocopias
del acta de nacimiento del propietario.
* Constancia
de residencia (recibo de luz, gas, teléfono, etc.)
* Medidas de
la embarcación:
-
Eslora (largo en metros y centímetros)
-
Manga (largo en metros y centímetros)
-
Puntal (profundidad en metros y centímetros)
-
Nombre de la embarcación
-
Datos del motor (marca, H.P., cilindros)
-
No. De tanque de gasolina y su capacidad
QUE DOCUMENTACION ME ENTREGA LA CAPITANIA
DE PUERTO AL MATRICULAR MI EMBARCACION Y CUANTO ME CUESTA?
- Certificado de matrícula
- Certificado de arqueo
- Certificado de Seguridad marítima (para embarcaciones
de menos de 12
metros de eslora, mismo que tiene que ser refrendado anualmente).
- Engomado de matrícula.
- Hoja de datos y características de la embarcación
elaborado por la Capitanía.
- Oficio de aprobación de matriculación de la
embarcación con fundamento en la Ley Federal de navegación.
La matrícula de la embarcación tiene un costo
aproximado de $ 350.00 y el refrendo anual del Certificado
Nacional de Seguridad marítima de $ 85.00 todo con
fundamento en la Ley Federal de Derechos, costo del cual al
usuario se le requisitan debidamente los recibos correspondientes
para su pago en la institución Bancaria no teniendo
que realizar pago de ninguna índole ni adicional en
al Capitanía de Puerto.
Capitanía de Puerto de Nuevo León