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SECRETARIA DE
PESCA
110-14-94 NORMA
Oficial Mexicana NOM-001-PESC-1994, Para regular el aprovechamiento
de los recursos pesqueros en el embalse de la presa El Cuchillo-Solidaridad,
ubicada en el Municipio de China, N. L.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Pesca.
GUILLERMO JIMÉNEZ MORALES, Secretario de Pesca, con fundamento
en lo dispuesto en los artículos 43 fracciones I y II de
la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 1o., 2o. y 3o. de la Ley de Pesca; 1o., 2o., 3o. y 64 de
su Reglamento; 1o., 2o. fracción II, 3o. fracción
XI, 38 fracción II, 40 fracciones I, X y XIII, 41, 43, 44,
45, 46, 47, 52, 62, 63 y 64 de la Ley Federal sobre Metrología
y Normalización y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo
47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización,
el 6 de mayo de 1994, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación con carácter de proyecto la presente Norma,
a fin de que los interesados en un plazo de 90 días naturales
presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Pesca Responsable.
Que durante el plazo a que se refiere el considerando anterior, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Ordenamiento
Legal citado en el párrafo anterior, estuvieron a disposición
del público los documentos a que se refiere dicho precepto.
Que en el plazo a que hace referencia el considerando primero, no
se recibieron comentarios por parte de los interesados.
Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la
elaboración de Normas Oficiales Mexicanas, el Comité
Consultivo Nacional de Normalización de Pesca Responsable,
en reunión celebrada el 29 de septiembre de 1994, aprobó
la Norma Oficial Mexicana NOM-001-PESC-1994 para regular el aprovechamiento
de los recursos pesqueros en el embalse de la presa "El Cuchillo-Solidaridad",
ubicada en el Municipio de China, Nuevo León, por lo que he
tenido a bien expedir la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-PESC-1994,
PARA REGULAR EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS EN EL
EMBALSE DE LA PRESA "EL CUCHILLO-SOLIDARIDAD", UBICADA
EN EL MUNICIPIO DE CHINA, NUEVO LEÓN.
INDICE
0.- Introducción
1.- Objetivo y campo de aplicación.
2.- Referencias.
3.- Normatividad para regular el aprovechamiento de los recursos
pesqueros en el embalse de la
presa "El Cuchillo-Solidaridad", ubicada en el Municipio
de China, Nuevo León.
4.- Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales.
5.- Bibliografía.
6.- Observancia de esta Norma.
0. Introducción.
0.1 Los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994 en materia
de pesca, son fundamentalmente elevar la eficiencia en el aprovechamiento
y desarrollo de los recursos e infraestructura de la pesca, destacándose
dentro de esta actividad la pesca deportivo-recreativa, toda vez
que es generadora de empleos y divisas, razón por la que
se requiere de un esfuerzo continuado que impulse esta actividad,
a fin de que se traduzca en una sólida fuente de trabajo,
eficiente, productiva y en constante crecimiento, que contribuya
al desarrollo de nuestro país, para cuyo efecto se hace indispensable
ordenar y desarrollar la pesca deportivo-recreativa en sus diversas
modalidades, para lograr el aprovechamiento suficiente de los recursos
pesqueros involucrados.
0.2 De acuerdo con los últimos resultados de los estudios
efectuados por la Secretaría de Pesca sobre el manejo del
embalse materia de esta Norma, se desprende que es conveniente que
la especie lobina (Micropterus salmoides) se destine exclusivamente
a la pesca deportivo-recreativa, en virtud de que la actividad de
pesca deportivo-recreativa contribuye a la generación de
más empleo y divisas, cuyos beneficios se propagan a otras
actividades como el turismo y el transporte, así como en
los programas sectoriales y en las políticas que proporcionan
y dan seguridad a las inversiones y garantías de los recursos.
0.3 Que para hacer compatible la actividad de pesca deportivo-recreativa
con otras actividades de pesca, es necesario se regulen las artes
de pesca que puedan ser susceptibles de utilizarse, así como
la determinación de las áreas destinadas exclusivamente
a la pesca deportivo-recreativa.
1. Objetivo y campo de aplicación.
Esta Norma tiene por objeto regular las actividades de pesca en
el embalse de la presa "El Cuchillo-Solidaridad", en el
Municipio de China, en el Estado de Nuevo León, sin perjuicio
de las disposiciones normativas que establezcan la Comisión
Nacional del Agua, la Secretaría de Desarrollo Social y otras
autoridades competentes.
2. Referencia.
Esta Norma se complementa con la Norma Oficial Mexicana de Emergencia
NOMEM-01-PESC-1994, para regular el aprovechamiento de las especies
que son objeto de la pesca deportivo-recreativa, en aguas de jurisdicción
federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 29 de junio de 1994.
3. Normatividad para el aprovechamiento pesquero en el embalse de
la presa "El Cuchillo-Solidaridad", ubicada en el Municipio
de China, Nuevo León.
3.1 Esta Norma se aplica a la especie lobina (Micropterus salmoides).
Para el resto de las especies, cuando los estudios poblacionales
determinen la extracción de los volúmenes (aclareos)
a fin de mantener el equilibrio ecológico del embalse, la
Secretaría de Pesca con base en un dictamen elaborado de
manera conjunta por el Instituto Nacional de la Pesca y la Unidad
Administrativa Competente del Gobierno del Estado de Nuevo León,
determinará la especie, cantidades, tiempos y formas de extracción,
asimismo emitirá el Plan de Manejo integrando los resultados
de dicho dictamen.
3.2 Se destina exclusivamente a la pesca deportivo-recreativa en
el embalse materia de la presente, la especie lobina (Micropterus
salmoides).
3.3 Se prohibe en el cuerpo de agua de jurisdicción federal
objeto de esta Norma, el uso de redes fijas y a la deriva de enmalle.
3.4 La Secretaría de Pesca en el Plan de Manejo que para
el efecto expida, determinará el esfuerzo pesquero aplicable
de acuerdo al punto 3.1 de esta Norma.
4. Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales.
4.1 No hay Norma equivalente.
5. Bibliografía.
Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOMEM-01-PESC-1994, para regular
el aprovechamiento de las especies que son objeto de la pesca deportivo-recreativa,
en aguas de jurisdicción federal, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 29 de junio de 1994.
6. Observancia de esta Norma.
6.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma corresponde
a la Secretaría de Pesca, cuyo personal realizará
los trabajos de inspección y vigilancia que sean necesarios.
Las violaciones a la misma se sancionará en los términos
de la Ley de Pesca y su Reglamento.
6.2 La presente Norma entrará en vigor al día siguiente
de su publicacion en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 10 de octubre de 1994.- El Secretario de
Pesca, Guillermo Jiménez Morales.- Rúbrica.
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